Normativa de buen uso y convivencia en el inmueble

A) Normativa:

  1. Cada residente debe respetar el derecho de los demás: al orden y la limpieza en los espacios comunes; al descanso y al silencio; a la intimidad y la confidencialidad de su correspondencia y conversaciones telefónicas; a la libertad de expresión; al respeto y trato digno y; a la libertad religiosa y su práctica.
  2. Está prohibido entrar en los cuartos de tus compañeros de piso si no es con autorización expresa del inquilino de la habitación. No se pueden coger los efectos personales de los compañeros si no se ha pedido previamente (efectos de aseo, comida personal, etc.).
  3. La última persona que sale del piso debe cerrar con llave.
  4. El nivel de ruido tiene que ser el mínimo a partir de las 23 horas, y el volumen (del televisor, equipos de música, teléfonos, conversaciones, etc.) debe ser el justo para ser escuchado por el/los interesado/s.
  5. Están prohibidas todo tipo de fiestas en el inmueble.
  6. En las reuniones sociales que se organicen y a fin de hacer un uso racional de los mismos, no podrá haber más de 6 personas en los pisos de 2 habitaciones, ni más de 9 personas en los pisos de 3 habitaciones.
  7. Queda prohibido el consumo y tráfico de drogas, así como el abuso de alcohol en las reuniones sociales que se celebren.
  8. Cualquier hurto, así como la utilización de la violencia física, psicológica o verbal, será motivo, de la rescisión del contrato de alquiler, de la anulación de cualquier acuerdo en la prestación de los servicios contratados, y de la expulsión del piso.
  9. Emancipia no se responsabiliza de los objetos o el dinero que puedan ser sustraídos dentro del piso. Se recomienda a las residentes, que no dejen pertenencias abandonadas en los espacios comunes o accesibles a la vista de personas no pertenecientes al piso.
  10. Están prohibidas las novatadas y dicho comportamiento será sancionado como falta grave o muy grave.
  11. En las horas punta el baño se utilizará sólo para la ducha, higiene bucal o el WC, y se deberán realizar en la habitación u otro lugar las tareas como alisarse el pelo, jugar a la consola, leer el periódico, depilarse las cejas, etc.
  12. En las zonas comunes de la vivienda no se podrá estar desnudo y tras su uso deben quedar recogidas y limpias.
  13. Los integrantes del piso podrán autorregularse en la realización de tareas domésticas tales como limpieza de los espacios comunes, cocinar, bajar la basura, etc.
  14. Previo aviso, el personal de Emancipia puede acceder a las zonas comunes del piso para la comprobación del cumplimiento de las normas de los pisos. Así mismo, también se avisará para la realización de revisiones periódicas del estado y limpieza de los espacios comunes y las habitaciones. Excepcionalmente y si hubiera  evidencias de faltas graves o muy graves, el personal de Emancipia podrá acceder a las habitaciones. Si se detectara cualquier acción u omisión que pudiera dar lugar a situaciones de insalubridad o que ponga en riesgo el buen funcionamiento y mantenimiento del piso, Emancipia podrá intervenir para arreglar la situación, corriendo con los gastos derivados todos los miembros del piso.
  15. Si hubiera servicio de limpieza contratado, se debe respetar el horario asignado, para lo que hay que dejar libres y despejados los espacios a limpiar. Tanto el baño, la cocina, las habitaciones y el resto de los espacios que haya que limpiar quedarán recogidos en los siguientes términos:
  • Cocina. El personal sólo limpiará los útiles que se encuentren dentro del lavaplatos o bien dentro del fregadero, libres de restos de comida y con algo de agua para que la suciedad no se pegue.
  • Baños y aseos: los útiles y efectos personales deben estar recogidos.
  • Habitaciones, pasillos y salón: el suelo deberá estar despejado de consolas, maletas, ropa o cualquier objeto que entorpezca. Así mismo, las mesas o mesillas que se deseen que se limpien deberán estar despejadas.
  1. Las visitas de familiares y amigos, diurnas o nocturnas, si duran más de 10 horas o se producen con una frecuencia superior a 1/semana se considerarán estancias. Las estancias de personas ajenas al piso están prohibidas. Se podrán considerar situaciones especiales cuando la estancia sea realizada por la pareja, los padres, los tutores o los hermanos del residente, o la estancia se produzca en periodos no lectivos y el interesado sea el único ocupante del piso en ese momento. En cualquier caso las estancias de más de 24 horas deben ser consensuadas con el resto de ocupantes del piso y deben tener el visto bueno de Emancipia.
  2. A la hora de dejar el inmueble el inquilino no debe abandonar efectos personales, basura o comida. Debe limpia su habitación y resto de las estancias en profundidad aunque no sea una limpieza profesional, ordenar el mobiliario y resto de enseres y dejar las cosas ordenadas lo más parecido a como las encontró. Es importante revisar los cajones y armarios para no olvidar nada. Si ha detectado algún posible daño o desperfecto causado en la vivienda que no sea consecuencia del uso habitual de la misma debe informar con antelación para encontrar la mejor solución posible.
  3. Emancipia se reserva el derecho de establecer normas específicas en cada piso.

B) Faltas

Faltas leves:

  • Una falta de respeto, una incorrección de trato, que éste sea desconsiderado, o cualquier conducta que no responda a un mínimo decoro, dirigida hacia cualquier persona dentro del piso o hacia un miembro del Equipo de Emancipia.
  • No respetar las normas generales o específicas de los pisos relativas a:
  • Los horarios de sonido reducido, el respeto a las horas punta del baño o cualquier otro.
  • El orden, la preparación de espacios y/o las responsabilidades individuales en el buen funcionamiento del piso.
  • Las limitaciones en el número de personas de las reuniones sociales que se hagan en los pisos

Faltas graves:

  • La reiteración de tres o más faltas leves.
  • Entorpecer reiteradamente las actividades de estudio o el descanso en las viviendas.
  • La demora injustificada en los pagos establecidos en el contrato.
  • Introducir animales en la vivienda sin consentimiento de Emancipia.
  • La introducción así como el consumo y/o la tenencia de cualquier tipo de drogas o sustancias estupefacientes no legalizadas.
  • Provocar por acción o dejación, situaciones de mal funcionamiento o insalubridad en general, y en el baño y la cocina en particular.
  • No atender a la limpieza y orden requerido en la revisión de salida.

Faltas muy graves:

  • La reiteración de dos o más faltas graves.
  • Cualquier tipo de agresión o violencia física, verbal o psicológica que se produzca en el piso, o en cualquier lugar si va dirigida a otro usuario o personal de Emancipia.
  • Causar de forma deliberada o fruto de una irresponsabilidad o dejadez, daños relevantes en los bienes de los pisos o en el edificio del que forma la vivienda.
  • La comisión de hurto, robo o apropiación indebida en el piso o las instalaciones de Emancipia.

C) Sanciones

Por la comisión de faltas leves:

  • Amonestación verbal y/o escrita.
  • Corregir la falta detectada (limpiar suciedad, colocar y ordenar espacios, etc.).

Por la comisión de faltas graves:

  • Cambio de piso y/o suspensión temporal de la residencia en el piso por un plazo no superior a un mes.
  • Pérdida parcial de la fianza.

Por la comisión de faltas muy graves:

  • Suspensión temporal del derecho a estar en el piso por un plazo no superior a dos meses.
  • Pérdida de la fianza.
  • Expulsión definitiva del Piso.


0% (0) 0% (0) 100% (9)

Algún comentario ?

*